AGES, PREFECTURAS, TOMO 169.
En el pueblo Aconchi a los diez y seis días del mes de septiembre de mil ocho cientos cuarenta y seis, reunido en las casas consistoriales el vecindario, presidido de la segunda autoridad, por falta de la primera: en virtud de la circular del Superior Gobierno del Departamento; expedido el 6 del corriente, relativa a la adopción del plan de la Capital de la República, proclamado el 8 del próximo pasado agosto, que dicta la verdadera regeneración nacional obedeciendo la superior disposición, y poseídos del mayor entusiasmo, y ardientes deseos de la tranquilidad general, y para coadyuvar, en parte, a que sean las convulsiones que bastante tiempo ha [sic] agitan gravemente a la Patria, y que tome rápidamente la debida marcha que la dirija a su prosperidad, como porque consolidándose un gobierno paternal, proporcione recursos capaces de aliviar al desgraciado Sonora de los males que sin intermisión lamenta desde tiempo muy anterior: uniformes todos, y sin entrar en la menor conferencia se adhirieron al mencionado plan, protestando sostenerlo en todas sus partes, guardando y haciendo guardar, no sólo los artículos que contiene, sino cuantos aumentos y reformas pida para llevar a cabo la grandiosa empresa, y laudables fines a que se contrae.
Y en testimonio de su sumisión a las superiores órdenes de su patriotismo, y fidelidad a su protesta, fueron de común parecer, se levantase la presente acta, que firmaron en el expresado pueblo, día, mes y año. Ramón Durán, Juez 2º de paz. Pablo Robles. Miguel Bravo. Jesús Ornelas. El gobernador, por si y por el pueblo, Miguel García. Como capitán, Dionisio Piri. Cesáreo de la Cruz. Miguel Rodríguez. Miguel Piri. José María Ramírez. Francisco García. Miguel Facundo Anselmo. Antonio Guzmán. Manuel Ávila. José Antonio Durán.