AGES, PREFECTURAS, TOMO 166.
En el pueblo de Huásabas
A los quince días del mes de marzo de 1846, reunidos en la casa consistorial todos los vecinos de dicho, por conducto del juez 1º se le dio lectura a una nota oficial de la subprefectura del partido de Moctezuma contraída a que esta y todo aquel vecindario se han adherido a los planes que con fecha veinte de febrero último levantó el Ilustre Ayuntamiento de Hermosillo y persuadidos de las fuertes razones con que los arengaba el Juez, y que conocían que sin unión ni uniformidad con los pueblos no puede permanecer la paz y tranquilidad, sólo de lo contrario exponer su franqueza a los enemigos del orden para perturbar la paz, y de perpetuar los bárbaros sus incursiones sobre estos pueblos se hallaban en la mejor disposición de secundar en todas sus partes el plan proclamado por el ilustre Ayuntamiento de la ciudad de Hermosillo, y solamente se suplicase al Excelentísimo Señor Gobernador del Departamento que como satisfecho que está plenamente de las repetidas incursiones con que el enemigo apache hostiliza sin cesar, y ser mayor a estos pueblos fronterizos, no moviese a este pueblo para servicios extraordinarios en el interior y lo dejase en libertad para defender sus hogares del modo posible y en vista de todo lo expuesto el pueblo de Huásabas en general y sus autoridades han servido en acordar, unánimes y de conformidad los artículos siguientes.
1º El pueblo de Huásabas, y sus Autoridades se adhieren y secundan el plan del ilustre ayuntamiento de Hermosillo en todas sus partes.
2º Se suplica al superior gobierno del departamento que conoce y tiene a la vista las hostilidades del enemigo apache, tenga la dignación de no tocar a este pueblo para servicios extraordinarios en el interior, pues por ahora no encuentra otros recursos para su defensa y auxilio de los demás pueblos circunvecinos que los que sacrificadamente hace unido con los Granados, y tan frecuentemente invadidos, entre tanto al superior gobierno le persisten las circunstancias tomar las providencias para castigarlo, que así lo esperasen de su paternal protección.
Huásabas, marzo 19 de 1846 Jesús Armendáriz, Juez 1º.
Francisco Santa Cruz, juez 2º
No van las firmas de todo el pueblo por no haberlo permitido una novedad de apaches que se presentó y salió lo más de la gente a fatiga.
Armendáriz.