Vecinos de Cucurpe elaboran plan en apoyo a Urrea

AGES, PREFECTURAS, TOMO 90.

 

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En el pueblo de Cucurpe a los veinte y seis días del mes de diciembre del presente año mil ochocientos treinta y siete, estando reunida la junta del pronunciamiento para la campaña aprobada por el superior gobierno del departamento; En atención a la premura del tiempo en que se ha de formar la atención y dirigir al campo enemigo, para obrar con esta parte, esta autoridad y maneras que la premura del tiempo requieran, se acordaron los artículos siguientes.

  1. Se pedirá por medio de la redacción de esta acta al superior gobierno del Departamento la autorización del jefe nombrado don Ramón Urrea para que se levante la fuerza desde la villa de Rayón hasta el presidio del Tucson, cuyas autoridades locales en suplica a la superioridad les pase las convenientes órdenes para que no cubrieran sus operaciones.
  2. Que habiéndose aprobado por el mismo superior gobierno que las contribuciones que fueran hechas por los pueblos comprendidos en el plan para la campaña que en septiembre debió haber hecho por la Comandancia General quedasen a favor de la que se trata se le suplique libre las órdenes inmediatas a las subprefecturas de San Ignacio y Horcasitas para que la hagan efectiva y se le entreguen al jefe de la reunión, ciudadano Ramón Urrea el resultado de ellas.
  3. El mismo jefe nombrado don Ramón Urrea pueda hacer y haga el nombramiento oficial en la reunión para la organización que esta deba tener sin que concluido el objeto pasen a uno sus justificaciones a menos que el gobierno tenga a bien determinarlo.
  4. Que habiéndose ofrecido particular por la persona del gobierno del Departamento ejerciendo este cargo el ciudadano Rafael Elías Gonzales, la suma de trecientos pesos en contribución para esta campaña, sea esta aplicada por el mismo superior gobierno con lo más que del erario público se pueda ayudar con pólvora y papel para la formación del parque respecto a la distinta y muy sensible diferencia de calibres en que debe concurrir a virtud de que todo el plomo necesario debe sufragarlos por contribución voluntaria y patriótica el ciudadano Bartolo Pérez Serrano.
  5. Que la presente acta para la debida aprobación y efectos que los antecedentes artículos manifiestan, se dirijan por la autoridad municipal, y por medios de expresión efectivos pues así lo exige la premura del tiempo al superior gobierno con cuyo acuerdo se terminó la junta, firmando esta acta los ciudadanos siguientes: Rafael Urrea. Francisco Quijada. Valentín Sinogui. Catalino Galindo. Joaquín Quiroga. Bartolo Pérez Serrano. Francisco Altamirano. Rafael Alcázar. Marcial Miranda. Francisco Zaraga. Juan María Maldonado. Antonio Gama. Dolores Gama. Ramón Grijalva. Jesús Germán. Ramón Urrea. Por mí y diez ciudadanos que no supieron firmar, Fernando Grande.

Es copia de su original, Cucurpe diciembre 27 de 1837.

Rafael Urrea. [rúbrica]

En el pueblo de Cucurpe el día ocho de enero del presente año mil ochocientos treinta y ocho, reunidos previo estación en acuerdo los señores que por la junta celebrada para la realización de la campaña, y petición al gobierno de la autorización del jefe que debe encomendarse de ella, fueron nombrados para su consejo interior que hecha la reunión se facultaba el acuerdo y junta de oficialidad para sus deliberaciones y habiéndoles hecho conocer el resultado del último pedido que se dirigió al gobierno con tal fin reducido a un llamado igual que hacer de mutuo acuerdo los señores Gobernador y Comandante General del Estado, de la persona de dicho jefe ciudadano Ramón Urrea, teniendo presentes las cartas particulares que por los dos señores le fueron dirigidas, así como la oficial contestación dada al juez de paz sobre la misma materia, y teniendo también presentes las condiciones con que los pueblos mueven a la campaña contra el más cruel e implacable enemigo que los hostiliza, así como que esta ya fue aprobada por el gobierno sin depender de la Comandancia General consecuente a lo que era contraída la acta de la materia; atendiendo pues a esto, y a que la voluntad de los concurrentes solo fue captar lo del gobierno para tomar las armas a fin de que no se les imputen miras contrarias en el hecho, pues para la defensa la naturaleza misma los autorizó a repeler al injusto y bárbaro invasor en acción cuando los males que sufren y han sufrido, no han sido remediados en parte alguna, atendiendo pues a esto, y a que cualesquier compromiso que en orden a la reunión formará el apreciado jefe pedido y nombrado por ella ciudadano Ramón Urrea y quedaría sin efecto, con desaire de su persona, así como de los individuos de esta junta por separarse de las condiciones con que se pide, y fue dado por el gobierno el permiso se acordó que quedando con libertad dicho jefe don Ramón Urrea para la concurrencia a que se le solicitó por los señores Gobernador y Comandante General del Estado, no se contraiga en ella a tratar cosa que va de campaña pues esta ya quedó desde hoy sin efectos, a virtud de que por la misma Comandancia General se dispone de ponerle arreglo cuyo aviso se dará a los pueblos que deberían concurrir a la recisión con lo que fue concluido el acuerdo que firmaron los citados señores: Juan María Maldonado. Joaquín Quiroga. Catalino Galindo. Fernando Grande.

Es copia de su original que queda en este juzgado de Paz. Cucurpe, enero 8 de 1838.

Francisco Cruz

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