¿Qué está Limitando el Desempeño de los Consejos de Cuenca en México?

El Colegio de Sonora

Erik M. Parra

Los consejos de cuenca nacen en México en el año de 1992 con la Ley de Aguas Nacionales, se conciben como espacios de coordinación entre los diferentes niveles de gobierno, los usuarios y la sociedad organizada, todo ello con el objetivo de llegar a acuerdos en beneficio de las cuencas. En el año 2004 se reforma dicha Ley y se introduce formalmente en México el enfoque de la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos (GIRH), en la cual se contempla que los consejos de cuenca tengan a su cargo contribuir a la gestión integral del agua. En la actualidad, a pesar del esfuerzo por mantener vigente el funcionamiento de los consejos de cuenca, no se observa que tengan un impacto real en la gestión y administración del agua a nivel de cuenca. A continuación se describen tres de los principales obstáculos que han limitado el trabajo de los consejos de cuenca, mismos que vale la pena poner a discusión.

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El marco legal vigente restringe operativamente el desempeño de los consejos de cuenca como organismos vinculantes de la política.  La Ley de Aguas Nacionales otorga a los consejos de cuenca una serie de funciones de carácter muy limitado que se orientan principalmente a actividades de cooperación, coordinación y concertación entre diferentes entidades de gobierno y usuarios, sin contemplar facultades de autoridad o de toma de decisiones que se traduzcan directamente en acciones. En la mayoría de los casos se hacen observaciones y recomendaciones, las cuales deben ser abaladas por las autoridades gubernamentales para poderles dar continuidad.

La estructura de los consejos de cuenca aun no alcanza los niveles óptimos de representación. Puede sonar paradójico, pero aun cuando los actores que participan en un consejo son parte de la sociedad, sus intereses no necesariamente representan al conjunto de la misma, se defienden más bien intereses particulares y no precisamente de orden social o en beneficio de las cuencas. Aunado a ello, tenemos que no cualquiera puede formar parte de estas organizaciones, la participación está limitada a organismos gubernamentales y a los usuarios y sociedad organizada que son reconocidos por la Ley, y que en sentido estricto se trata sólo de una fracción muy reducida del conjunto de sectores involucrados en la gestión del agua.

La autonomía y descentralización de los consejos de cuenca en México es un asunto pendiente. Los intentos de las autoridades gubernamentales por descentralizar la política  hídrica en el país se ha quedado en el discurso, en la práctica la Comisión Nacional del Agua como parte del gobierno federal sigue siendo la máxima autoridad en la materia. Es significativa la influencia de la Comisión Nacional del Agua en la estructura de los consejos de cuenca, principalmente por la ausencia de una autonomía financiera que los hace dependientes de esta instancia de gobierno, así como de gran parte de las disposiciones reglamentarias, operativas y de logística que se llevan a cabo al interior de estas organizaciones.

En resumen, los consejos de cuenca han avanzado lentamente para consolidarse como verdaderos organismos orientados a la GIRH. Actualmente no cuentas con las herramientas jurídicas y operativas que les permitan impactar de manera significativa en las cuencas. Son necesarios cambios estructurales que cambien la dinámica que están desempeñando y dotarlos con facultades que les permita desenvolverse como verdaderas autoridades en la gestión de cuencas.

 

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