Bacadéhuachi se adhiere a pronunciamiento de Guadalajara de Mariano Paredes

AGES, PREFECTURAS, TOMO 143.

 

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En el pueblo de Bacadéhuachi a los quince días de diciembre de mil ochocientos cuarenta y cuatro, reunidos en la casa consistorial las autoridades políticas y empleados de hacienda; militares; y demás vecindario de este pueblo y siendo positivo el pronunciamiento de las autoridades superiores políticas, civiles, militares, y empleados de Hacienda Pública y demás personas ilustres del pueblo sonorense y para remediar los insoportables males que afligen incesantemente han creído conveniente seguir el que la guarnición de la capital edificó el primero del corriente secundando el glorioso éxito regeneración política que efectuó en Guadalajara el ilustre general don Mariano Paredes y Arrillaga y así nos hemos convenido en los artículos siguientes.

1º Nos adherimos gustosamente en todas sus partes al plan proclamado en Guadalajara en primero de noviembre último por el excelentísimo señor general don Mariano Paredes y Arrillaga; así como también en lo conducente al artículo 6 del plan de Mazatlán en lo relativo a las circunstancias y personas del departamento.

2º Convencido del esclarecido mérito y virtudes que distinguen al señor general don José Urrea y satisfechos de que los sentimientos que lo animan por el bien de este suelo son los más a propósito para extinguir los males que imperiosamente nos destruyen; y se incitan los elementos de riqueza y prosperidad que afortunadamente posee este departamento, lo nombramos para su gobernador y comandante general con libertad para obrar según lo exijan las circunstancias.

Casa consistorial de Bacadéhuachi. Diciembre 15 de 1844.

Juan B. Romero, juez 1º = Ramón Galindo, juez 2º y rentas = Antonio Valencia, comandante auxiliar = Juan Sierra, teniente = Arcadio Galaz alférez 1º = Gaspar Montoya = Juan Sauz, Cabo 1º = Gil Loreto, cabo 2º = Sebastián Trujillo y López, cabo 3º = Eduardo Valenzuela, cabo 4º = Agustín Varela.

A ruego de veinte y seis firmo yo

Sebastián Trujillo y López

 

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